Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem) emplazó a juicio al Ayuntamiento de Padilla en cumplimiento a la sentencia 687/2017 que otorgó a una mujer, ya que al tardarse demasiado tiempo en resolver un asunto violó la garantía de justicia rápida, por lo que ahora deberá desarrollarse el proceso laboral para resolver la controversia.
El Juez Rodrigo Allen Ortiz Orozco, del Juzgado Decimosegundo de Distrito, resolvió: “Primero. Se tiene por cumplida la sentencia de amparo, relativa al juicio promovido por (…), por los motivos expuestos en el considerando”, es decir la autoridad laboral demostró haber cumplido la sentencia entregando las pruebas correspondientes al Juzgado, en el sentido de haber enviado el actuario a emplazar a juicio a la autoridad señalada como responsable.
El 6 de abril, una mujer acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital para presentar demanda en contra del Tcatsem, por la omisión de hacer cumplir la autoridad ejecutora dentro del expediente laboral 1407/M/2016, considerándolo como violatorio de la garantía de justicia rápida, establecida en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciándose el juicio de amparo 687/2017.
Al haberse demostrado la violación constitucional alegada, el Juzgado emitió la sentencia, otorgando el amparo para que el Tcatsem dicte las medidas necesarias a fin de que sea devuelta la comunicación procesal librada para emplazar al demandado Ayuntamiento de Padilla, en el juicio laboral 1407/m/2016 y así restablecer a la ahora inconforme en su derecho fundamental violado consagrado en el artículo 17 de la Constitución Federal.
El 29 de mayo la sentencia causó ejecutoria, es decir se hizo firme, por lo que el Juzgado requirió a la autoridad laboral el cumplimiento de la misma, siendo hasta el 5 de septiembre cuando el Tcatsem envió al órgano judicial las pruebas del cumplimiento, por lo que una vez examinadas las mismas se dio por cumplida la resolución, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Amparo.
Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem) emplazó a juicio al Ayuntamiento de Padilla en cumplimiento a la sentencia 687/2017 que otorgó a una mujer, ya que al tardarse demasiado tiempo en resolver un asunto violó la garantía de justicia rápida, por lo que ahora deberá desarrollarse el proceso laboral para resolver la controversia.
El Juez Rodrigo Allen Ortiz Orozco, del Juzgado Decimosegundo de Distrito, resolvió: “Primero. Se tiene por cumplida la sentencia de amparo, relativa al juicio promovido por (…), por los motivos expuestos en el considerando”, es decir la autoridad laboral demostró haber cumplido la sentencia entregando las pruebas correspondientes al Juzgado, en el sentido de haber enviado el actuario a emplazar a juicio a la autoridad señalada como responsable.
El 6 de abril, una mujer acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital para presentar demanda en contra del Tcatsem, por la omisión de hacer cumplir la autoridad ejecutora dentro del expediente laboral 1407/M/2016, considerándolo como violatorio de la garantía de justicia rápida, establecida en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciándose el juicio de amparo 687/2017.
Al haberse demostrado la violación constitucional alegada, el Juzgado emitió la sentencia, otorgando el amparo para que el Tcatsem dicte las medidas necesarias a fin de que sea devuelta la comunicación procesal librada para emplazar al demandado Ayuntamiento de Padilla, en el juicio laboral 1407/m/2016 y así restablecer a la ahora inconforme en su derecho fundamental violado consagrado en el artículo 17 de la Constitución Federal.
El 29 de mayo la sentencia causó ejecutoria, es decir se hizo firme, por lo que el Juzgado requirió a la autoridad laboral el cumplimiento de la misma, siendo hasta el 5 de septiembre cuando el Tcatsem envió al órgano judicial las pruebas del cumplimiento, por lo que una vez examinadas las mismas se dio por cumplida la resolución, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Amparo.
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