Agencias
La Paz.- El Tribunal Constitucional de Bolivia declaró hoy inconstitucional parte de un artículo de la ley sobre la Identidad de Género, que permitió al colectivo transexual contraer matrimonios tras cambiar datos en sus documentos oficiales.
El secretario general de ese órgano judicial, Álvaro Llanos, señaló a los medios que la sentencia emitida esta jueves reconoce como constitucional el cambio de identidad de género, el nombre y la imagen de las personas, pero eso no conlleva todos los derechos.
Detalló que la modificación de toda esa información en el carné de identidad no implica a las personas que lo hicieron «derechos como matrimonios, adopción, derechos políticos como la paridad de género».
Las uniones civiles entre un hombre o una mujer con una persona transgénero no puede producirse al amparo del parágrafo II del artículo 11 de la ley de Identidad de Género, según el funcionario.
La sentencia declara inconstitucional la frase de ese parágrafo que dice que se permitirá a la persona con cambio de identidad «ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales».
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