Por David Zárate Cruz
Cd. Victoria, Tamaulipas.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado (Tcatsem) violó la garantía de justicia rápida en perjuicio de un ciudadano, al dejar pasar demasiado tiempo sin emitir una resolución de liquidación en contra de una dependencia estatal, por lo que mediante la sentencia 1792/2017 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo para que de inmediato se dicte la resolución.
El Juez Sergio Santamaría Chamú, del Juzgado Decimoprimero de Distrito emitió la sentencia que otorga el amparo en contra del Tribunal Laboral, una vez que quedó demostrado el retraso en emitir la resolución, sin que exista ninguna justificación legal para ello ya que las autoridades deben emitir sus acuerdos en los tiempos marcados en la legislación pues de lo contrario se crean situaciones irreparables en los derechos constitucionales.
El 18 de setiembre un ciudadano acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital para presentar demanda en contra del Tcatsem por la dilación en resolver el incidente de liquidación en el juicio laboral 310/E/2015, lo cual consideró como violatorio de la garantía de justicia rápida establecido en el artículo 17 de la Constitución Federal, iniciándose el juicio de amparo 1702/2017.
El ciudadano reclamó en concreto el dejar de dictar resolución respecto al incidente de liquidación, y dejar de dictar acuerdo en relación al escrito de fecha 30 de agosto del 2017 dentro del expediente laboral 310/e/2015, ya que una vez desarrolladas todas las etapas procesales contempladas en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas se emitió resolución condenatoria, y se ha dejado pasar demasiado tiempo sin que se expida el acuerdo incidental, ante lo cual decidió recurrir al juicio de amparo.
El Juzgado emitió la sentencia otorgando el amparo para que el Tcatsem dicte de inmediato la resolución interlocutoria de liquidación dentro del juicio laboral 310/e/2015, por lo que una vez notificada corre un plazo de diez días, por si alguna de las partes decide interponer recurso de revisión, de lo contrario causará ejecutoria (se hará firme) y deberá cumplirse obligatoriamente.
Discussion about this post