Por David Zárate Cruz
Nuevo Laredo, Tamaulipas.- El Poder Judicial Federal obligó al alcalde de Nuevo Laredo, Enrique Rivas Cuellar a indemnizar a una mujer que fue despojada de una porción de 6 mil 714.32 metros cuadrados de una parcela para construir la Avenida Prolongación Anzures.
A la mujer ni siquiera le dieron derecho de audiencia, violando las garantías de seguridad jurídica y debo proceso, por lo que mediante la sentencia 61/2016 se le otorgó un amparo.
El Juez Oscar Alejandro Zúñiga Vidales, del Juzgado Tercero de Distrito, determinó que de las constancias en el juicio pueden evidenciar que la propiedad de la mujer identificada como parcela 102 z-2 P1/, fue afectada sin causa justificada por la construcción de la vialidad conocida o identificada como Avenida Prolongación Anzures, a cargo de la autoridad responsable Ayuntamiento de Nuevo Laredo, Tamaulipas, sin que para ello se le otorgara la garantía de audiencia.
El 25 de febrero del 2016 una mujer acudió ante el Poder Judicial Federal en Nuevo Laredo para presentar demanda en contra del Ayuntamiento por la privación de la posesión física y material sobre un bien inmueble de su propiedad, ocupándola y despojándola de 6 mil 714.406 metros cuadrados ubicados dentro de la parcela número 102z-2 P1/ del ex-ejido La Concordia, sin que exista convenio alguno entre la suscrita y el responsable.
El Juez señaló que las constancias que integran el sumario en estudio informan que el Ayuntamiento de Nuevo Laredo ocupó una superficie de terreno propiedad de la mujer, sin que previamente se hubiese hecho de su conocimiento el procedimiento contemplado en los artículos 2 a 7 de la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal o Limitación de Dominio para el Estado de Tamaulipas, ni la indemnización relativa.
El Juzgado emitió la sentencia otorgando el amparo para que el Ayuntamiento de Nuevo Laredo restituya a la mujer en el goce del derecho vulnerado, sin embargo, ante la imposibilidad de cumplir por la vía de la restitución material y toda vez que los terrenos señalados se poseen para la prestación de servicios públicos, se deberá indemnizar, conforme a derecho corresponda, lo cual ya fue dado por cumplido.
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