Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Después de nueve meses que se lo solicitaran, la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado (JLCA) reactivó un proceso de embargo en contra de una empresa, cumpliendo la sentencia 327/2017 que otorgó amparo a un ciudadano por haber violado la garantía de justicia rápida, al no hacerlo en el tiempo legal.
El Juez Faustino Gutiérrez Pérez, del Juzgado Octavo de Distrito, determinó que contrariamente a las disposiciones que establece la Ley Federal del Trabajo, desde el 24 de marzo de 2017 le fue presentado el escrito motivo del acto reclamado, mediante el cual la parte actora solicita la reactivación del procedimiento de ejecución, mediante la emisión de oficios que se giren a los bancos que manejan las cuentas embargadas a la patronal, sin que hasta ahora se haya emitido el acuerdo correspondiente.
El 5 de abril del 2017, un ciudadano acudió ante el Poder Judicial Federal en Reynosa para presentar demanda en contra de la Junta Especial Número Cinco de la JLCA, por las dilaciones procesales por omisión de proveer el escrito de 23 de marzo de 2017en el juicio laboral 38/5/2016, lo cual consideró como violatorio de la garantía de justica rápida.
El Juez señaló que la Junta responsable no ha tomado las medidas necesarias para lograr la inmediatez del proceso vulnerando el artículo 17 de la Constitución Federal, por lo que es claro que la autoridad responsable incumple en perjuicio del solicitante de amparo con el derecho fundamental constitucional, en lo relativo al derecho que tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta.
El Juzgado emitió la sentencia otorgando el amparo para de inmediato y de manera congruente la Junta emita el acuerdo correspondiente al escrito del 28 de junio. Dicha resolución causó ejecutoria (se hizo firme), por lo que se le requirió el cumplimiento, posteriormente la autoridad laboral envía las pruebas que fueron debidamente analizadas dándose por concluido el asunto.
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