Por David Zárate Cruz
Ciudad Reynosa, Tamaulipas.- Por resolución de los magistrados federales, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar la pensión por invalidez y demás prestaciones -entre ellas las asignaciones familiares- a un ciudadano en favor de sus hijos.
Mediante la ejecutoria 308/2017, los magistrados federales le negaron al IMSS de Tamaulipas el amparo en contra de la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) por inoperantes sus argumentos.
El magistrado Artemio Hernández González, del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, refirió que en un primer laudo el 26 de septiembre de 2016 se determinó, entre otras cosas, declarar procedentes las asignaciones familiares en favor de los hijos del actor, y si bien el IMSS promovió juicio de amparo en contra de esa resolución laboral, lo cierto es que los conceptos de violación de entonces no fueron dirigidos a controvertir esa determinación, de ahí que el concepto quedara firme.
El 27 de junio del 2017 se recibió en el Poder Judicial Federal en Reynosa la demanda promovida por el IMSS en contra de la Junta Especial Número Sesenta de la JFCA, por el Laudo dictado por concepto de incapacidad total permanente por accidente de trabajo en el juicio laboral 644/2013, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.
En un principio, el ciudadano demandó al IMSS ante la JFCA el reconocimiento de un accidente de trabajo (de 12 de septiembre de 2012) y la pensión por incapacidad permanente y total; el otorgamiento de la pensión por invalidez definitiva, así como diversas prestaciones, para lo cual ofreció la prueba pericial médica, la documental, la instrumental de actuaciones y la presuncional, las que en su momento fueron valoradas por la autoridad laboral.
En cumplimiento a una ejecutoria de amparo la autoridad laboral emitió el laudo de 2 de junio de 2017, por el que condena al IMSS al otorgamiento y pago de la pensión de invalidez definitiva, atención médica, clínica, farmacéutica y hospitalaria, aguinaldo y asignaciones familiares, pero lo absolvió del reconocimiento del accidente de trabajo reclamado, ante lo cual el organismo médico recurrió al juicio de amparo.
El magistrado Artemio Hernández González, a quien correspondió estudiar el asunto, determinó que, si en un nuevo laudo emitido por la Junta en cumplimiento a ejecutoria de amparo se reiteró la condena relativa a las asignaciones familiares, y el instituto quejoso ahora pretende combatirlas, los argumentos formulados en la nueva demanda resultan inoperantes, pues es inconcuso que la decisión pronunciada no puede ser cuestionada ni modificada en atención a la firmeza de las sentencias dictadas.
En consecuencia, al resultar inoperantes los conceptos de violación, propuso negar al IMSS el amparo y protección de la justicia federal, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, y ahora la Junta Especial Número Sesenta de la JFCA deberá obligar a cumplir su resolución, utilizando todos los medios legales a su alcance, ya que el organismo médico no tiene ningún otro recurso al cual acudir.
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