Por David Zárate Cruz
Matamoros, Tamaulipas.-Un actuario del Juzgado Primero Familiar emplazó a juicio a un ciudadano en su casa y elaboró un acta digital, sin explicar cómo llevó la computadora y la impresora y dónde las enchufó a la corriente eléctrica, por lo que se presume que dicho documento fue elaborado en las oficinas y no en el lugar.
Con ello, dicho actuario violó las garantías de debido proceso del ciudadano, al que un juzgado federal le otorgó un amparo mediante la sentencia 808/2017.
El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas, determinó que todos y cada uno de los pormenores de la diligencia de emplazamiento se hicieron constar en un acta elaborada e impresa por medios digitales (computadora e impresora), no en forma manuscrita, sin que el actuario haya hecho constar de qué forma o bajo qué circunstancias fue posible que dicha acta fuera elaborada precisamente en el lugar y momento.
El 29 de septiembre del 2017, un ciudadano acudió ante el Poder Judicial Federal en Matamoros para presentar demanda en contra del Juzgado Primero Familiar, por la ilegal diligencia de emplazamiento de fecha 8 y 9 de abril del 2017 que se practicó al impetrante dentro del expediente 285/2017, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.
El Juez señalo que es claro que en el caso a estudio no existe certeza de que el acta de emplazamiento correspondiente se haya elaborado en el lugar del emplazamiento y en el momento preciso de realización del acto, ya que aparece elaborada a través de medios digitales, esto es, en computadora e impresora, y no en forma manuscrita, sin que la actuaria responsable haya hecho constar cómo fue que en el lugar y hora de realización de la diligencia contaba con esos medios de reproducción documental.
Esos detalles, atendiendo a las reglas de la lógica y la experiencia, hacen presumir fundadamente que dichas actas se elaboraron en un momento posterior y en una oficina o lugar diverso donde fuera materialmente posible contar con dichos medios electrónicos, por lo que el Juzgado emitió la sentencia anulando todo lo actuado en el juicio a partir de la diligencia y emplazó nuevamente conforme a las garantías constitucionales.
El amparo es para que el Juzgado Primero Familiar de Matamoros:
1) Deje insubsistente lo actuado en el expediente relativo al juicio ordinario civil sobre otorgamiento de custodia definitiva de menores, a partir de la diligencia de emplazamiento practicado por el actuario adscrito a los Juzgados de Primera Instancia y Menores del Cuarto Distrito Judicial en el Estado, de fecha 8 de abril de 2017; y
2) Con plenitud de jurisdicción, resuelva lo que corresponda respecto a un nuevo emplazamiento.
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