Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Ante la intervención de los magistrados federales, el Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) deberá reinstalar a dos trabajadoras oficiales judiciales de la Cuarta Sala que fueron hostigadas y despedidas por el ex magistrado Arturo Baltazar Calderón desde enero del 2011.
Por medio de la ejecutoria 1174/2016, dichos magistrados otorgaron el amparo para que también, conforme a la ley, los salarios caídos y las vacaciones se les paguen con el salario integrado.
El Magistrado Ricardo Delgado Quiroz, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, determinó que el pago de salarios caídos, cuando se está en el caso de la acción de reinstalación de un trabajador al que le resulta aplicable la Ley Burocrática Estatal, debe cubrirse con el salario integrado previsto en el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo, aplicable supletoriamente a la norma local citada, y no con el básico, como ilegalmente se estableció.
El 6 de diciembre del 2016, se recibió en el Poder judicial Federal en esta capital la demanda de amparo presentada por las dos trabajadoras en contra del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), por Laudo de 4 de noviembre de 2016, dictado dentro del expediente laboral 71/2011, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.
En un principio, las mujeres demandaron al STJE ante el Tcatsem, señalando que el magistrado Arturo Baltazar Calderón -titular de la Cuarta Sala que lleva asuntos penales- en forma sistemática las estuvo hostigando diciendo que buscaran otro lugar o bien que se jubilaran, a lo cual se opusieron.
Sin embargo, a las 12:00 horas del 13 de enero del 2011, el magistrado les manifestó que ya no las quería ahí, que había reajuste de personal y que a ellas les había tocado ser las reajustadas; que sobraban ahí en la sala y que en suma ya no las quería más ahí.
Después de la interposición de varios amparos, el Tcatsem emitió el laudo definitivo el 4 de noviembre del 2016, condenando al STJE a la reinstalación de las trabajadoras en los puestos de trabajo que reclaman, al pago de salarios caídos a partir de la fecha del despido, es decir el 13 de enero de 2011 y hasta la fecha de reinstalación, pero ellas recurrieron al juicio de amparo por incorrecciones en pagos de salarios caídos y vacaciones.
El magistrado Ricardo Delgado Quiroz, a quien correspondió estudiar el asunto, determinó que si conforme a la Ley Estatal los burócratas tienen derecho a dos períodos vacacionales de diez días cada uno, y el periodo del uno de enero al 13 de abril de 2011 corresponde al primer período, pero merced al despido las trabajadoras no pudieron disfrutar de sus vacaciones, entonces las generadas antes del despido, o sea del uno al 13 de enero de 2011 deben cuantificarse conforme al salario integrado.
El pleno judicial otorgó el amparo para que el pago de salarios caídos se cubriera tomando en cuenta el monto quincenal integrado de una trabajadora; el pago de vacaciones proporcionales del uno al 13 de enero de 2011, se calcularán con el salario integrado quincenal a una trabajadora; y la prima vacacional y aguinaldo proporcional del uno al 13 de enero de 2011 se calcularán con el salario base quincenal de una trabajadora, entre otros.
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