Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Desde hace 16 años la Secretaría de Educación de Tamaulipas (SET) no paga las cuotas de seguridad social a una maestra, con el agravante de que el tribunal burocrático estatal absolvió con el argumento de que la docente también trabaja en la Universidad Valle de México, violando con ello la seguridad jurídica y el debido proceso.
Ante ello, mediante la ejecutoria 1116/2017 los magistrados federales otorgaron el amparo a la maestra para que las anomalías sean corregidas.
El magistrado Daniel Ricardo Flores López, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, determinó que el acceso a la seguridad social no prohíbe que el empleado establezca otras relaciones laborales con diversos patrones, incluso en diferentes regímenes como son el público y el privado, siempre que lógicamente pueda desempeñar ambas funciones en distintos tiempos, como acontece en la especie.
El 23 de octubre del 2017, se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital la demanda promovida por la maestra en contra del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), por el Laudo de 19 de septiembre de 2017 en el juicio laboral 128/E/2014, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.
El 5 de febrero del 2014, la maestra demandó a la Secretaría de Educación de Tamaulipas (SET) el pago de las aportaciones de 10 y 6 por ciento al hoy Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas (Ipsset) durante todo el tiempo laborado, reconocimiento de antigüedad por parte de la demandada como asesor de enseñanza dependiente de la Dirección de Inglés de Educación Básica en las escuelas primarias, entre otros.
El 19 de septiembre del 2017, el Tcatsem emitió el laudo definitivo, absolviendo a la SET de todo lo reclamado; en el caso de las cuotas al Ipsset, lo justifica señalando que la maestra está afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por trabajar también en la Universidad Valle del Bravo, ante lo cual la afectada recurrió al juicio de amparo presentado sus argumentos jurídicos correspondientes.
El magistrado Daniel Ricardo Flores López, a quien correspondió estudiar el asunto, determinó que es incorrecto considerar que si a la actora se le otorgó una incapacidad del IMSS por laborar en la Universidad del Valle de México entonces eso implicaba que no trabajaba también para la SET, máxime que dicha incapacidad es de domingo y lunes, y la accionante solo laboraba para la SEP en el turno matutino, los días miércoles, jueves y viernes; y en el turno vespertino el martes, miércoles y jueves.
Ante ello, propuso otorgar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, para que el Tcatsem, deje insubsistente el laudo reclamado, emita uno nuevo en el que de manera fundada y motivada se manifieste respecto a los reclamos de la actora relativos al pago de aportaciones de seguridad social y se pronuncie fundada y motivadamente por cuanto hace al reconocimiento de antigüedad reclamado.
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