Por David Zárate Cruz
Matamoros, Tamaulipas.- El Instituto Nacional de Migración (INM) mantuvo siete meses retenido a un migrante de El Salvador sin que se le informara que tenía derecho a llevar su proceso administrativo en un domicilio fuera de la estación migratoria, ya que solicitó refugio señalando que en su país corre peligro de muerte.
Ante la irregularidad evidente, el Poder Judicial Federal resolvió otorgarle un amparo por medio de la sentencia 929/2019.
El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, titular del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas (con sede en Matamoros), determinó que al ciudadano de origen salvadoreño no se le informó su derecho a continuar con el procedimiento fuera de la estación migratoria, siempre y cuando cumpliera con los requisitos legales que para su otorgamiento establece la Ley de Migración, lo que se traduce en una violación manifiesta a los derechos fundamentales de audiencia y legalidad.
El 21 de abril del 2019, el salvadoreño fue puesto a disposición de la delegación del INM en Matamoros debido a que no pudo acreditar su legal estancia en el país.
El 8 de mayo, el extranjero solicitó refugio a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados con el argumento que su vida corría mucho peligro en su país de origen, por la lucha de las pandillas que existen en esa nación y que siempre lo han amenazado de muerte.
El Juez señaló que el INM tiene la obligación, entre otras, de hacer saber a los extranjeros cuya situación migratoria sea irregular en este país, que tienen derecho a que se les proporcione información acerca de sus garantías y obligaciones establecidas legalmente, pues mientras se dicta resolución definitiva en el procedimiento administrativo instaurado para resolver su situación migratoria en el país, el extranjero podrá otorgar garantía a fin de permanecer en domicilio diverso a la estación migratoria que se le asignó.
El Juzgado otorgó el amparo para que el INM haga saber al salvadoreño la posibilidad de ejercer su derecho a continuar el procedimiento migratorio fuera de la estancia migratoria, cumpliendo con los requisitos legales, como son otorgar garantía suficiente, establecer el domicilio en el que permanecerá, no ausentarse de dicho lugar sin previa autorización de la autoridad, y presentar una responsiva firmada por un mexicano.
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