Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Secretaría de Educación de Tamaulipas (SET) deberá de otorgar un premio por 25 años de servicio un maestro, consistente en diploma y dos meses de sueldo, pero obligada por la ejecutoria 154/2021 de magistrados federales que le negaron el amparo a la dependencia, que no quería otorgárselo con el argumento de que el profesor no tenía el mérito suficiente, pero el docente sí lo demostró en el juicio laboral.
El magistrado Jorge Holder Gómez, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Victoria, determinó que es inoperante lo que se aduce con relación a que el actor no acreditó los requisitos para acceder a la compensación reclamada, porque a lo largo de la relación laboral realizó funciones administrativas, distintas a las docentes; y que si bien fue procedente la reinstalación como maestro frente a grupo, la misma cuenta a partir de que se ordenó por la autoridad responsable.
El 11 de diciembre del 2020, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), emitió el Laudo del Juicio Laboral 977/E/2017, mediante el cual condenó a la SET al otorgamiento de premio o compensación por 25 años de servicio docente, de acuerdo con la Base Tercera de la Convocatoria para Otorgar Estímulos por 20 y 25 años de Servicio Docente 2017, ante lo cual la SET recurrió al juicio de amparo.
El magistrado Jorge Holder Gómez determinó que si se demandó la restitución del operario en el puesto que ocupaba, la relación laboral debía entenderse continuada en los mismos términos y condiciones como si no se hubiera hecho el cambio de funciones para las que se contrató al trabajador -de docente-, por lo que debía considerarse que desde el treinta y uno de diciembre de dos mil doce, el actor jamás dejó de desempeñar una plaza docente con esas mismas funciones.
Sobre esa base, es inexacto lo que refiere la SET, respecto a la falta de prueba del actor de haber acreditado que se desempeñó en funciones de docente, porque en amparo anterior se obligó al Tcatsem a estudiar el medio probatorio consistente en el laudo de 7 de diciembre de 2016, conforme al cual se encontraba demostrado que el actor se venía desempeñando en una plaza docente desde la fecha de su ingreso, ante lo cual el pleno judicial negó el amparo a la SET.
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