Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Desde hace seis años y 11 meses unos menores de Tampico sufren económicamente por el abandono del hogar de su madre, en cuyo contexto desde hace un año y dos meses magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) anularon el citatorio por edictos para que se presentara a juicio sobre pensión alimenticia por lo que mediante la ejecutoria 55/2021 su contraparte del orden federal otorgó el amparo a los niños para que se prescinda de analizar dicho citatorio.
El magistrado Víctor Pedro Navarro Zárate, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, determinó que el emplazamiento al juicio sumario civil de alimentos sí cumplió con las reglas que enmarcan las disposiciones legales aplicables, como es que la búsqueda del domicilio de la demandada sí fue exhaustiva, pues desde el arbitrio del Juez del conocimiento de la solicitud de información del domicilio a instituciones oficiales era suficiente para estimar ignorado el domicilio de la acusada.
El 30 de noviembre del 2016, el padre de los menores presentó demanda civil por pensión alimenticia a la madre desde el 13 de mayo del 2014; el 7 de mayo del 2019 el Juzgado Cuarto Familiar de Altamira dictó la sentencia otorgando la pensión alimenticia ante la rebeldía de la acusada para presentarse al litigio, pero la mujer presentó un recurso de apelación argumentando que fue ilegal el citatorio por edictos.
El 31 de octubre del 2019, los magistrados de la Segunda Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del STJE anularon la sentencia y ordenaron reponer el procedimiento. El padre de los menores recurrió al juicio de amparo y el 30 de diciembre del 2020 el Juzgado Decimotercero de Distrito en Madero negó el amparo.
Entonces el padre de los menores presentó un recurso de revisión, y el magistrado Víctor Pedro Navarro Zárate determinó ilegales las consideraciones del juzgador federal.
Sin embargo, el pleno judicial revocó la sentencia y otorgó el amparo para que la Segunda Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del STJE deje sin efectos la sentencia reclamada y en otra que dicte: a) Prescinda de realizar un análisis oficioso de la legalidad del emplazamiento por edictos. b) Analice los agravios esgrimidos y con libertad de jurisdicción resuelva lo que en derecho estime conveniente, pero mientras se agota todo ese proceso los niños siguen sufriendo carencias económicas.
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