Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Por medio de la ejecutoria 6/2022, magistrados federales concluyeron que sea un Juzgado Federal de esta capital el que desarrolle el juicio de amparo 1871/2021 promovido por el Colegio de Arquitectos del Noreste de Tamaulipas, con sede en Matamoros, contra la eliminación de la figura del Director Responsable de la Obra y del Corresponsal de la Obra en la Ley de Obras Públicas de Tamaulipas, ya que Juzgados de Matamoros e incluso de Victoria se declararon incompetentes.
Jorge Luis Beas Gámez, secretario en funciones de magistrado del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, determinó que si lo que se reclama en el juicio de amparo es la supresión o eliminación de un puesto en el organigrama de la administración pública del Estado de Tamaulipas, se considera que dichas normas no tienen una ejecución material inminente, pues la consecuencia es que ya no participarán en los nuevos procesos de obra pública. El juez competente, entontes, es el de Victoria.
La base para ello es el artículo 37 de la ley de Amparo, donde surgen tres casos. 1- es competente el Juez del lugar donde se vaya a ejecutar el acto reclamado. 2- si el acto reclamado se ejecuta en varios distritos, es Juez competente cualquiera de ellos y, 3.- si el acto reclamado no tiene ejecución es Juez competente el del lugar donde se haya presentado la demanda, y en este caso la demanda se presentó en Victoria.
En primer lugar, el Tribunal advirtió que existe conflicto competencial, pues tanto el Juez Decimosegundo de Distrito en Victoria, como el Juez de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en Matamoros, niegan la competencia para conocer de la demanda de amparo de origen, el primero porque estima que la norma autoaplicativa reclamada conllevaba ejecución donde los destinatarios de la norma resentirían sus efectos, y el segundo, porque considera que dicho cuerpo normativo carece de ejecución.
Es de precisarse que en este caso, el 4 de noviembre del 2021, el Colegio de Arquitectos del Noreste de Tamaulipas con sede en Matamoros acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de Tamaulipas, por la eliminación de la figura del Director Responsable de la Obra y del Corresponsal de la Obra en la Ley de Obras Públicas del Estado.
Jorge Luis Beas Gámez, determinó que las normas que se reclaman no contienen deberes que la asociación civil reclamante debe acatar, ya lo que se reclama es la supresión o eliminación de un puesto en el organigrama de la administración pública del Estado de Tamaulipas, y la consecuencia es que ya no participarán en los nuevos procesos de obra pública, por tanto, no es aplicable la regla de competencia relativa a la ejecución, siendo innecesario delegar la competencia al lugar de residencia de la parte quejosa.
El pleno judicial emitió la ejecutoria resolviendo el conflicto competencial, declarado que en el caso el Juez competente para conocer de la demanda de amparo que nos ocupa, es el Juez Decimosegundo de Distrito en Victoria, por lo que el expediente le fue enviado por los magistrados con la finalidad de que inicie el juicio y cite al mismo al Congreso y al Gobierno el Estado para que presenten su respectivo informe justificado, iniciando su defensa.
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