Por David Zárate Cruz
Reynosa, Tamaulipas.- El Poder Judicial Federal obligó al Juzgado Segundo Civil de Reynosa a cancelar todo un juicio hipotecario seguido por una empresa y el banco BBVA Bancomer contra dos personas, en cumplimiento a la sentencia 1092/2021 que otorgó el amparo porque la actuaria no señaló concretamente qué copias entregó en el emplazamiento, dejando en la indefensión a las personas demandadas, por lo que el juicio tiene que iniciar de nuevo cumpliendo con la Constitución.
El Juez Faustino Gutiérrez Pérez, titular del Juez Octavo de Distrito en Reynosa, acordó “…Vista la cuenta, téngase por recibido el oficio 10298/2022 con firma electrónica del Juez Segundo Civil del Quinto Distrito Judicial en el Estado, con residencia en esta ciudad, mediante el cual y en cumplimiento al fallo emitido en autos, informa que el pasado tres de octubre se dejó sin efecto todo lo actuado en el juicio hipotecario 85/2018 de su índice, a partir del emplazamiento y todo lo actuado con posterioridad reponiéndose el procedimiento en dicho asunto.”
Añadió el juez: “Dése vista a la parte quejosa con el oficio de cuenta y su anexo, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su interés convenga en relación con el cumplimiento, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, en el entendido que de no hacer manifestación alguna en el término indicado, este órgano de control constitucional se pronunciará respecto del citado cumplimiento sobre la base de las constancias que obran en autos”.
La sentencia emitida el 7 de septiembre del 2021, otorgó el amparo para que el Juzgado Segundo Civil de Reynosa deje insubsistente todo lo actuado en el juicio hipotecario 85/2018, a partir de la citas de espera y emplazamientos controvertidos, así como los actos jurisdiccionales posteriores, y se reponga el procedimiento a fin de que los demandados sean llamados a juicio en estricto apego a los numerales 67 y 535 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas.
El Juez señaló en la sentencia que que la actuaria omitió indicar, describir o establecer cuáles son los anexos documentales con los que corrió traslado a los demandados, ya que la finalidad del emplazamiento consiste en que el emplazado tenga conocimiento cierto y completo, no únicamente de las prestaciones que se le reclaman, sino de los documentos en los cuales la accionante sustenta su acción, a fin de poder ejercer plenamente su derecho a la defensa.
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