Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Poder Judicial Federal requirió a Alejandro Martínez Villarreal y a María de los Ángeles Lerma Huerta, subdelegado de Prestaciones, Económicas, Sociales y Culturales, y encargada del Departamento de Pensiones del ISSTE en Tamaulipas, respectivamente, para que paguen las cantidades descontadas a un derechohabiente, en cumplimiento a la sentencia 1899/2021 que otorgó el amparo.
La Juez Rosa María Cortés Torres, titular del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Victoria, acordó: “se les requiere de nueva cuenta a las autoridades para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir de la legal notificación del presente proveído, remitan copia certificada de las constancias que acrediten el cabal cumplimiento a la sentencia amparadora…”.
La sentencia emitida el mes de septiembre del 2021, otorgó el amparo para que el ISSSTE en Tamaulipas deje insubsistentes los descuentos respecto de la pensión por viudez número( … ) otorgada al ciudadano (…) por el ISSTE, por incompatibilidad al tener la diversa pensión por invalidez (…), bajo el concepto denominado “compatibilidad de pensiones”, lo cual fue declarado inconstitucional.
Además, “calcular y pagar las cantidades que le fueron suspendidas con motivo de la aplicación de las normas declaradas inconstitucionales, artículo 51, de la abrogada Ley del Instituto de Seguridad y Servicios sociales de los Trabajadores del Estado, y el diverso 12, del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores Sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, relacionados únicamente bajo el referido concepto 48”.
La Juez señalo en la sentencia que se infringe el derecho humano a la seguridad social y el principio de previsión social, consagrados en el artículo 123, Apartado B, fracción XI, inciso a), de la Constitución Federal, a limitar al impetrante su derecho a recibir íntegramente su pensión de viudez, al actualizarse un supuesto de compatibilidad de la diversa de invalidez, que al sumarse la cuota diaria entre ambas, rebasan el importe de diez unidades de medida y actualización.
Discussion about this post