Por David Zárate Cruz
Reynosa, Tamaulipas.- Petróleos Mexicanos (Pemex) Exploración y Producción deberá pagar indemnización por incapacidad permanente total equivalente a mil 670 días de salario ordinario, en términos del contrato colectivo, a un ex trabajador debido a que por medio de la ejecutoria 560/2021, magistrados federales le legaron el amparo al organismo en contra de la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA).
El magistrado Artemio Hernández González, presidente del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, dio a conocer la ejecutoria por medio de la cual se determinó que la JFCA sí expuso las razones por las que consideró procedente la pretensión de la parte actora de que se reconociera la existencia de diversas enfermedades profesionales y se condenara a la patronal al pago de la indemnización correspondiente; al efecto, indicó que la carga de la prueba de las condiciones de trabajo y los lugares en que se prestaron los servicios, correspondían al patrón.
El dos de junio del 2021, la Junta Especial Número Sesenta de la JFCA emitió el Laudo del juicio laboral 1163/2019, mediante el cual condenó a Pemex a la indemnización señalada. La instancia federal recurrió al juicio de amparo argumentando que que la resolución no se encuentra fundada y motivada, con lo cual se violaron las garantías constitucionales de seguridad jurídica y debido proceso.
El magistrado Artemio Hernández González, a quien correspondió determinó que la Junta destacó las actividades relatadas por el actor, así como lo aseverado por la patronal. Señaló que ésta aportó copias de diversas cláusulas del contrato colectivo de trabajo, la instrumental de actuaciones y la presuncional. Expresó que de tales pruebas no se desprendían las actividades específicas ni el medio ambiente laboral en el que la parte actora se había desempeñado; por lo que se actualizaba la presunción de ser ciertos los hechos afirmados.
Enseguida, indicó que las afecciones del actor están reconocidas en la cláusula 113 del Contrato Colectivo de Trabajo, como padecimientos en la industria del petróleo; y que por tanto bastaría la existencia de un dictamen que reconociera su existencia, para establecer dicha presunción, ante lo cual el pleno judicial negó el amparo a Pemex Exploración y Producción y la JFCVA deberá obligar a pagar.
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