Por Agencias
Ciudad de México.- Se confirmó que Xóchitl Gálvez violentó el interés superior de la niñez al publicar en redes sociales propaganda política en la que apareció con menores de edad, mientras se desempeñó como aspirante a coordinar el Frente Amplio por México (FAM) y posicionarse como virtual candidata presidencial, de acuerdo con lo decidido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En la última sesión pública de 2023, la Sala Superior del tribunal ratificó la decisión de la Especializada, en el sentido de declarar que las conductas son infractoras, pero también revocó las resoluciones impugnadas para que se dicten sanciones contra la abanderada por el PAN, PRI y PRD en su calidad de aspirante a dirigir el FAM y no como senadora que era en aquel momento, y así se estableció en la sentencia original.
Estos fallos fueron recurridos tanto por Xóchitl Gálvez como por un ciudadano llamado Rafael Ángel Lecón.
Cabe mencionar que las tres sentencias revocadas coincidieron en sus proyectos con que la Sala Especializada debe emitir nuevas resoluciones en las que considere a la infractora como aspirante a dirigir el FAM y no como legisladora federal.
En sus consideraciones, la Sala Superior tomó en cuenta que “la Sala Especializada fue exhaustiva en su análisis y la recurrente se encuentra obligada a observar los lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral”.
Sin embargo, sobre la forma en la que se ha de sancionar la infracción, consideró que se tuvieron por acreditados los actos motivo de denuncia y la calidad de Xóchitl Gálvez como aspirante a encabezar el Frente Amplio por México, sin embargo”, se decidió “sancionarla como servidora pública”.
Por lo anterior, la Sala Superior revocó el fallo y ordenó también que la Especializada analice si los partidos que hoy la abanderan tienen culpa indirecta al no haberse deslindado y permitir la difusión de la publicidad. (Apro).
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