Por David Zárate Cruz
Tampico, Tamaulipas.- El magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) Jorge Alejandro Durham Infante violo garantías constitucionales al validar una negativa de un Tribunal de Enjuiciamiento, de desahogar en una audiencia una prueba testimonial admitida por un Juez de Control, ante lo cual mediante la ejecutoria 182/2023 magistrados federales otorgaron amparo a un procesado para que se analice lo expuesto en la apelación.
El magistrado Óscar Mauricio Maycott Morales, presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en Tampico, dio a conocer la ejecutoria donde se determinó que durante el desarrollo de la etapa de juicio oral existió una violación al debido proceso y a la garantía de defensa adecuada, respecto a la negativa del Tribunal Unitario de Enjuiciamiento de permitir que se desahogara en audiencia de juicio oral el medio de prueba consistente en el testimonio de (…), el cual fue ofertado y admitido por el Juez de Control.
El 14 de noviembre del 2022, el magistrado Jorge Alejandro Durham Infante, titular de la Cuarta Sala del STJE, emitió la ejecutoria del recurso de apelación 19/2022, en la que resolvió que se encuentra precluido el derecho del procesado para recurrir la omisión o exclusión por parte del Juez de Control en el auto de apertura a juicio oral en relación con el medio de prueba; ante ello el afectado recurrió al juicio de amparo.
El magistrado Juan Carlos Ríos López, quien estudio el asunto, determinó que la Sala del STJE no vislumbró correctamente ni el agravio ni el acto que causó perjuicio al procesado, pues con su criterio prácticamente estima que la omisión de establecer en el auto de apertura a juicio oral un medio de prueba que fue debidamente ofrecido y admitido en la audiencia intermedia, constituye un acto propio que debió ser recurrido con independencia de lo resuelto oralmente en dicha audiencia, coartando de esa forma el derecho de desahogar una prueba.
El pleno judicial otorgó el amparo para que la Cuarta Sala del STJE deje insubsistente la sentencia reclamada y de manera preponderante emprenda el estudio del agravio identificado como segundo y verifique si en los registros de audio y video de la audiencia intermedia celebrada en la causa penal de origen fue admitido o no por el Juez de Control el medio de prueba relativo a la declaración de (…); y una vez realizado lo anterior, resuelva conforme a derecho corresponda.
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